Introducción

Construcción del problema y objetivos de investigación

Involucrarse en el estudio de las memorias circulantes y las demandas de justicia por parte de exsoldados combatientes del conflicto bélico de Malvinas desde una perspectiva de derechos humanos implica sumergirse en luchas colectivas desarrolladas en torno a los procesos históricos y sociales extensamente conocidos en términos de “Memoria, verdad y justicia”, y que alcanzan discusiones sobre la soberanía y paz.1

Quienes tenemos la fortuna de estudiar fenómenos sociales que nos interpelan enfrentamos el desafío que implica sopesar metodológicamente aquellos condicionamientos devenidos de contextos públicos y políticos que inscriben nuestras vivencias privadas y promueven gran parte de las justificaciones, impulsos y preguntas iniciales en torno a determinados objetos/sujetos, que como tales predominarán en nuestras trayectorias de investigación como un conjunto de retos políticos, éticos y epistemológicos.

En mi caso personal, al reflexionar sobre la posguerra de Malvinas, evoco un escenario complejo que se inscribe en mí desde la niñez, un escenario cargado de tensiones y emociones que aún en la actualidad me habitan. Estudiar la posguerra es transitar un camino que me interpela como hija de un exsoldado, es recordar y problematizar tanto su vida como la mía. Es en este sentido que las demandas de los excombatientes compusieron un telón de fondo de mi desarrollo profesional. Sus vivencias me acompañaron en la forma de interrogantes, de contornos móviles e imprecisos, en especial durante la elaboración de mi tesis de grado. Los resultados alcanzados en esa primera investigación me permitieron recomponer las experiencias y representaciones de los exsoldados combatientes que confluyeron en la conformación del Centro de Exsoldados Combatientes en Malvinas de Mar del Plata (CESC), y a partir de la escala de análisis elegida reconstruir los procesos de su configuración como actor en la escena pública local.

El fin de la guerra precipitó las condiciones para la transición a la democracia; en ese contexto, los nucleamientos de exsoldados priorizaron y emprendieron una “nueva batalla”, esta vez en contra del silencio y la llamada “desmalvinización”. En líneas generales mediante este concepto se describe a la necesidad política de “olvidar Malvinas”, y refiere concretamente a la voluntad de desplazar la guerra y la defensa de la soberanía sobre el conjunto peninsular y, por ende, a sus protagonistas, de la agenda pública. Esta idea se extendió ampliamente tras la derrota en 1982 y se sostuvo durante los primeros gobiernos democráticos (Lorenz, 2006).

En otras palabras, muchos de los centros de exsoldados y oficiales surgieron a fin de visibilizar aquello que sintéticamente se denominaría como “la cuestión Malvinas” en un clima de silencio y olvido generalizado.2 Desde estas entidades se promovieron una serie de acciones, demandas y tomas de posición política —por parte de los soldados y sus familiares— con el propósito de asegurar su reinscripción social. Entre las necesidades más inmediatas se destacó la creación de una ley que les diera protección y atención en temas vinculados con el acceso a la atención médica y psicológica, a beneficios laborales y pensiones, entre otras cuestiones.

En el marco de estos reclamos, agrupaciones de exsoldados como el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de la ciudad de La Plata (CECIM) denunciaron que la guerra estuvo plagada de hechos atroces cometidos contra soldados conscriptos por parte de oficiales y suboficiales. Por ello, impulsaron la demanda para la creación de una Comisión Legislativa Bicameral que investigara y brindara respuestas en lo que refiere a las violaciones en los derechos humanos ocurridas en el teatro de operaciones3 en Malvinas, sobre el ocultamiento de información durante y después de la guerra, y acerca de la persecución a los nuevos e incipientes centros de excombatientes creados a nivel nacional, que hasta el presente no fue consustanciada. Asimismo, en 1988 publicaron en un libro el Informe Rattenbach,4 esto desencadenó un gran malestar entre las Fuerzas Armadas argentinas que pretendían mantener en secreto militar las actuaciones en el conflicto bélico de 1982.

Este trabajo se adentra e indaga en los procesos de producción y circulación de discursos sobre los desempeños de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) en el escenario bélico a lo largo de la vida democrática, a partir de considerar momentos diferenciados en torno al desarrollo de procesos de juzgamiento de crímenes cometidos por los agentes de las FF. AA. y Fuerzas de Seguridad durante la última dictadura militar, en general, y sobre los crímenes contra exsoldados conscriptos en el teatro de operaciones en las Islas Malvinas, en particular. De esta forma, busca introducir una perspectiva que permita problematizar las tensiones y disputas, así como las facilidades, cercanías y apropiaciones que confluyen con los discursos provistos por el denominado proceso de “Memoria, verdad y justicia”, respecto de la demanda de tratamiento judicial de los crímenes.

Para esto abordaré los causes enunciativos y memoriales que tomaron los actores vinculados a los exsoldados respecto a su consideración como “víctimas” de la última dictadura militar (1976-1983).5 De este modo, el presente trabajo explora las violaciones de derechos humanos cometidas durante la guerra de Malvinas con el objetivo de contribuir al conocimiento de los activismos judiciales de organizaciones de excombatientes, particularmente el CECIM. Por último, a fin de dilucidar el rol clave de esta organización, la presente tesis problematizará las tensiones entre las políticas de reparación integral y las luchas por “Memoria, verdad y justicia”.

Cabe señalar que el año 2003 en la Argentina, luego de un extenso período de impunidad, inauguró un nuevo contexto respecto de las posibilidades de emprender acciones de juzgamiento de los crímenes pasados. Los cambios institucionales y de gobierno fueron entendidos como ventana de oportunidad para la tramitación de demandas por vía del sistema judicial y a este camino como una forma privilegiada de lidiar con ese pasado traumático.

Concretamente, la posibilidad de poner fin a la impunidad comenzó a concretarse a partir del año 2005, cuando la Corte Suprema de la Nación declaró la inconstitucionalidad de las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final y, un año más tarde, de los indultos decretados durante el gobierno de Carlos Menem. Desde entonces, existe un firme apoyo a la persecución de los crímenes cometidos durante el proceso dictatorial por parte de los tres poderes del Estado (Filippini, 2011:11). Su resultado fue la apertura de un nuevo ciclo de pretensión punitiva que se expresó en un conjunto de juicios que crecientemente contuvieron nuevos actores y la percepción de crímenes no contemplados tempranamente a lo largo del país. Estos procesos judiciales han sido impulsados tanto desde el Estado como desde diversas organizaciones de derechos humanos (Sarrabayrouse Oliveira, 2019).

Se puede sostener que, en un contexto de cambios de oportunidades políticas y culturales (Tarrow, 1997), los discursos enunciados respecto a los crímenes cometidos por las FF. AA. y la búsqueda de su tramitación judicial crearon condiciones para la escucha de lo que se estaba denunciando, promovieron la ampliación de nuevos “temas” vinculados al pasado de dictatorial en la esfera judicial. Esto permite observar una fuerte imbricación entre los procesos políticos y los judiciales que constituye un rasgo distintivo de la Argentina contemporánea.

El proceso judicial aquí analizado se inició en el año 2006 con la presentación de una denuncia en la Secretaria de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires por parte del excombatiente Rubén Darío Gleriano, quien declaró haber sido víctima de hechos de tortura y otras degradaciones en el llamado “teatro de operaciones”, que fue remitida al Juzgado Nacional en lo Criminal.6 Posteriormente, se sumó una segunda denuncia, esta vez del exsoldado conscripto Walter Alfredo Salas, por vejaciones y malos tratos.7 Ambas actuaciones fueron enviadas al juzgado de primera instancia de Río Grande, debido a su jurisdicción para juzgar hechos ocurridos en las Islas Malvinas que dio inicio a sus actuaciones el 5 de enero de 2007.

Sin embargo, la causa adquirió mayor vigor a partir de la investigación iniciada por el abogado Pablo Andrés Vassel en razón de las repercusiones públicas generadas por la presentación de la película Iluminados por el Fuego en la Provincia de Corrientes.8 En ese evento algunos excombatientes relataron hechos de tortura vividos en las Islas, situación que desencadenó el compromiso colectivo de seguir investigando y dio lugar a la presentación de 23 denuncias que fueron sumadas a la causa previamente mencionada, las cuales narran los abusos cometidos durante la guerra por parte de los superiores contra su propia tropa. Entre los casos que se investigan, ya que la investigación se encuentra aún vigente, al menos 105 fueron susceptibles de ser considerados por los juzgados como crímenes de lesa humanidad y, en total, fueron 95 los militares de las diferentes FF. AA. señalados como responsables por estos delitos.9

Este conjunto de denuncias permitió dar inicio a un proceso judicial a más de veinte años de ocurridos los hechos. El significativo transcurso temporal acaecido entre los hechos y su configuración como crímenes susceptibles de ser considerados judicialmente y merecedores de un resarcimiento por parte de la justicia dio lugar a una serie de interrogantes que guiaron la investigación que aquí se presenta y que refieren a qué actores y organizaciones de derechos humanos intervinieron de formas directa o indirecta en el inicio y avance de la causa N° 1777/07 ante la Justicia Federal argentina desde 2007. ¿Cuáles han sido las disputas jurídicas en torno a la consideración y tratamiento de las torturas y vejaciones cometidas contra exsoldados conscriptos en Malvinas como violaciones a los derechos humanos? ¿Qué argumentos y pruebas presentaron los distintos interesados para que los crímenes sean considerados como delitos de lesa humanidad o para obturar su tratamiento bajo dicha figura? Estas preguntas iniciales anticipan el abordaje articulado de una serie de problemáticas que atraviesan los campos de la memoria. Estas disputas judiciales por los derechos humanos en torno a la historia del pasado reciente no han sido lo suficientemente exploradas desde una perspectiva que haga lugar a su necesaria imbricación procesal, causal y experiencial.

2. Metodología y fuentes

La presente investigación se valió de un diseño cualitativo (Vasilachis, 2006) que tiene por objeto reconstruir el repertorio de acciones y los modos en que estas fueron impulsadas por los actores involucrados. Se encuentra estructurado en torno al abordaje de un universo de fuentes, testimonios orales y documentación judicial de diverso origen y existentes bajo disímiles condiciones de resguardo.

En este sentido, se trabajó con documentación judicial correspondientes a la causa 1777/07, disponible en su mayoría para su consulta online, a través del Centro de Información Judicial (CIJ). También se acudió a la consulta de las denuncias presentadas por el Subsecretario de Derechos Humanos que permiten acceder a la transcripción de las primeras veintitrés denuncias presentadas. Se trabajó también sobre material proporcionado por el CECIM: archivos desclasificados de la Dirección Provincial de Inteligencia (DIPBA), el libro en el que Vassel recopiló las primeras veintitrés denuncias de los exsoldados de Corrientes. De este modo y siguiendo a Jelin (2002) cuando señala que resulta necesario cuestionar la idea del archivo como algo muerto, ya que estos dicen y preservan los rastros de nuestro pasado, se trianguló la información fáctica obtenida en estos documentos con materiales de muy diferente factura. En este sentido, complementariamente se analizaron datos brindados a través del Informe Malvinas, que sistematizó los documentos producidos por las FF. AA. durante y posteriormente al conflicto bélico. Este documento fue entregado a los excombatientes en el año 2015, por el entonces ministro de Defensa, Agustín Rossi.10

Se realizaron, además, cinco entrevistas semiestructuradas. Fue posible entrevistar al primer exsoldado que denunció torturas sufridas en Malvinas, miembro del CESC de Mar del Plata; al abogado que presentó las primeras denuncias en 2007; realizar tres entrevistas a integrantes del CECIM, que desempeñaron un rol clave en el impulso y sostenimiento de la causa 1777/07. Es importante resaltar que dos de ellos también forman parte del equipo de la Comisión Provincial por la Memoria. La construcción del corpus de entrevistas obedeció a la técnica de “bola de nieve”11 (Taylor y Bogdan, 1986). Asimismo, a la luz de estas problemáticas se analizaron una serie de tres entrevistas realizadas por la autora a integrantes del centro de Exsoldados Combatientes en Malvinas de Mar del Plata entre los años 2018 y 2020.12

Bucear en las complejidades del mundo jurídico a fin de generar un aporte en torno a la reconstrucción del activismo de los derechos humanos por los crímenes contra soldados conscriptos en Malvinas, implicó, como en toda investigación, construir interrogantes y reflexionar con los propios actores. Sin embargo, en reiteradas situaciones han sido ellos quienes han iluminado, a través de su capacidad reflexiva y crítica, un proceso comprensivo de carácter necesariamente dialéctico en torno a la construcción del problema de investigación en función a cómo iban problematizando su posición en el tiempo y respecto de la causa. Es decir, en esa dialéctica también se dio una transformación.

El trabajo se estructura en tres capítulos que siguen a la introducción y se anteponen a las conclusiones y palabras finales.

En el primer capítulo, se presentan los principales antecedentes teóricos en el campo de la memoria social sobre el pasado reciente y, en particular, en torno a las disputas de sentidos en la posguerra de Malvinas y a la construcción de representaciones sociales y disputas sobre el lugar de los exsoldados combatientes en la inmediata posguerra y su incorporación a la vida democrática.

En el segundo capítulo, se explicitan las condiciones de posibilidad que impulsaron a los actores (exsoldados combatientes) a reconvertir sus demandas públicas sobre las torturas en Malvinas en acciones en el sistema judicial en el año 2007. En este capítulo, se repondrá el contexto político y social que habilitó la inscripción de los testimonios de los exsoldados combatientes en las demandas de “Memoria, verdad y justicia”; un proceso de conquista de derechos y reparaciones. Se abordarán también los procesos de “construcción de la prueba” a partir de los testimonios presentados por actores judiciales y las repercusiones sociales y políticas en torno a las memorias que disputan sentidos por su reconocimiento, en especial, al interior del colectivo de excombatientes: quienes fueron soldados y militares de carrera en sus diferentes jerarquías.

En el tercer capítulo, se analiza el rol de las organizaciones de derechos humanos en el impulso y sostenimiento de la causa 1777/07, y en las formas de inscribir a la guerra de Malvinas en las políticas de “Memoria, verdad y justicia”. Asimismo, se especifican las narrativas generadas en torno a las violaciones a los derechos humanos y violencias ocurridas en la guerra de Malvinas y su inscripción en las lógicas represivas que guiaron los desempeños de las Fuerzas Armadas argentinas durante la última dictadura cívico-militar.

Por último, se presentan algunas reflexiones finales en torno a los hallazgos de la investigación y la configuración de interrogantes para la construcción de una futura agenda de investigación.


1 La consigna “Memoria, verdad y justicia” condensa un conjunto variable de acciones públicas, demandas políticas y judiciales y formas de lucha contra la impunidad frente a las violaciones a los derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes estatales durante la década de 1970; y, en especial, apela a la obligación estatal de investigar, juzgar, y sancionar los crímenes cometidos durante la última dictadura militar. El avance en cada uno de estos valores fortaleció un camino integrado, no por ello carente de tensiones, contra el olvido, la mentira y la impunidad, así como una interpretación del pasado reciente. Al respecto véase el artículo de Emilio Crenzel “Ideas y estrategias de justicia ante la violencia política y las violaciones de los derechos humanos en la transición política en Argentina” en Feld y Franco (2015).

2 Sintéticamente, “la cuestión Malvinas” refiere a un ámbito de imbricación de percepciones y demandas que alcanzan tanto el reclamo por la soberanía del conjunto peninsular frente a Inglaterra como las demandas político-sociales defendidas por los ex combatientes durante la posguerra.

3 En terminología militar, hace referencia al área geográfica específica en la que se desarrolla un conflicto armado, en este caso la guerra de Malvinas.

4 Se trataba del Informe Final de la Comisión de Análisis y Evaluación de las Responsabilidades Políticas y Estratégico Militares en el Conflicto del Atlántico Sur (CAERCA), más conocido por el apellido de quien presidió la comisión, el teniente general Benjamín Rattenbach. Luego de que la Comisión presentó el “Informe Rattenbach” a la Junta Militar en septiembre de 1983, este fue declarado confidencial inmediatamente por considerarlo demasiado crítico. No obstante, sólo días después el documento se filtró a la revista Siete Días. Su publicación causó una gran conmoción y alimentó el desprestigio militar (Rodríguez, 2014: 111).

5 Es pertinente realizar una aclaración sobre la categoría de “victima”, ya que se trata de un elemento clave de la narrativa de un conjunto de organizaciones que conformaron el Movimiento de Derechos Humanos (MDDHH). Pero ello no implica que se haya vuelto estática e invariable, sino que, por el contrario, se encuentra en permanente disputa, por lo que en este escrito se pretende dar cuenta de esto en términos de matices y modulaciones. Para una historización de dicha categoría ver Crenzel (2008).

6 La causa judicial fue denominada “Pierre Pedro Valentín y otros s/ delito de acción Pública” (nro. 14.947/06), en el juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n.° 2, Secretaria n.° 4 de la ciudad de Buenos Aires.

7 Las prácticas denunciadas incluyeron estaqueamientos (una forma de tortura que consiste en atar a la persona a cuatro estacas en el suelo y dejarlo a la intemperie y el frío glacial durante horas), enterramientos en fosas, falta de alimentos, golpes, simulacros de fusilamiento; lo cual llegó a tener consecuencias tales como la realización de amputaciones por el llamado pie de trinchera, debido a el congelamiento de extremidades, y la muerte.

8 Iluminados por el fuego es una película argentina dirigida por Tristán Bauer que se estrenó en el año 2005. Se trata de una ficción inspirada en el libro homónimo escrito por el exsoldado combatiente Edgardo Esteban. El film narra las experiencias de Esteban Leguizamón, un excombatiente de la guerra de Malvinas.

9 Entrevista realizada por la autora a Ernesto Alonso, exsoldado combatiente, Secretario de Derechos Humanos del CECIM y miembro de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM). 14/05/20.

10 El informe fue realizado por el Equipo de Relevamiento y Análisis de documentos del Ejército de la Dirección de derechos humanos y derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa, y se encuentra disponible para su consulta en el Sistema de Archivos de la Defensa (SAD) a partir de la creación del sitio web Archivos Abiertos. Para un análisis más detallado de los archivos desclasificados de las tres FF. AA. remitirse a Abelelda y Villalba (2017) y Amarilla y Jalil (2017).

11 Dicha metodología refiere a cuando un entrevistado lleva o facilita la realización de una entrevista a otro sujeto en razón de conocimiento o vínculos pre-existentes.

12 Todos ellos y ella estuvieron de acuerdo en que figuren sus nombres completos al citar los extractos de las entrevistas.